La banca española cumplía en septiembre las exigencias de capital del BCE para 2016
Los bancos españoles han publicado los requisitos de capital mínimo de la máxima calidad planteados a cada entidad por el Banco Central Europeo (BCE) de cara al próximo ejercicio 2016, que las instituciones de crédito españolas ya satisfacían a septiembre, tres meses antes de la entrada en vigor de las exigencias del instituto emisor de la zona euro. En concreto, Santander debe mantener una ratio de máxima calidad con las normas vigentes, conocido en el argot financiero como ‘CET1’, del 9,75% en base consolidada. El grupo Santander contaba con un nivel del 12,39% a septiembre de este año.
La decisión del BCE exige también que Banco Santander, S.A. mantenga una ratio CET 1 del 9,50% a nivel individual. Este requerimiento se compara con el nivel de capital de máxima calidad con las normas vigentes del 14,19% que la matriz contabilizaba a septiembre.
En el caso de la entidad presidida por Ana Patricia Botín, este requisito incluye el mínimo exigido por Pilar 1 (4,5%), el requerimiento de Pilar 2 incluyendo el colchón de conservación de capital (5%); y el requerimiento derivado de su consideración como entidad financiera sistémica global (0,25%).
Por su parte, BBVA informaba este miércoles de que el BCE exige a la entidad presidida por Francisco González que mantenga un ratio de máxima calidad con las normas vigentes del 9,75% en base consolidada. BBVA contaba con un nivel del 11,7% a septiembre de este año.
La decisión del BCE exige también que BBVA mantenga una ratio ‘CET 1’ del 9,5% a nivel individual, que a 30 de septiembre se situaba en el 17,4% en el caso de la entidad.
Según ha informado la entidad, este requisito mínimo incluye un colchón del 0,25% que se aplica a entidades de importancia sistémica mundial (EISM), que deberá cumplir durante 2016.
Al haber sido excluida de este grupo de entidades con efecto desde el 1 de enero de 2017, a partir de esta fecha no le sería de aplicación este colchón. No obstante, el Banco de España ha comunicado a la entidad que está incluida en el grupo de Otras Entidades de Importancia Sistémica (OEIS), por lo que le será requerido un colchón del 0,5% en base consolidada. Este colchón contempla un periodo de implantación gradual de cuatro años, de manera que se alcance el 0,5% en 2019.
A su vez, Bankia informó de que cumplía a septiembre de 2015 los requisitos mínimos de capital exigidos por el BCE para 2016, que en el caso del grupo Bankia plantean una ratio mínima ‘CET1’ del 10,25% en base consolidada. El banco contaba con un nivel del 13,2% a septiembre de este año y estima que a final de año se situará por encima del 13,6%.
Este requisito incluye el mínimo exigido por Pilar 1 (4,5%), el requerimiento de Pilar 2 incluyendo el colchón de conservación de capital (5,75%).
Además, el Banco de España ha identificado a Bankia como OEIS, por lo que le requiere mantener un colchón de capital adicional en 2016 del 0,0625%, que se irá incrementando anualmente hasta llegar al 0,25% en 2019.
Por su parte, BFA ha comunicado al organismo supervisor que estima cumplir con estos requisitos, ya que prevé finalizar el año con una ratio ‘CET1’ superior al 14,5%.
Asimismo, Bankinter informaba este jueves de que cumplía a 30 de septiembre de 2015 los requisitos mínimos de capital exigidos por el BCE para 2016, que en su caso establecen un umbral mínimo CET1 del 8,75% en base consolidada. Bankinter contaba con un nivel del 11,85% a 30 de septiembre de este año.
Este requisito incluye el mínimo exigido por Pilar 1 (4,5%), el requerimiento de Pilar 2 incluyendo el colchón de conservación de capital (4,25%).
Por su parte, Banco Popular informó de que en septiembre contaba ya con una ratio CET1 del 12,65%, frente a la exigencia mínima del supervisor de un capital de nivel 1 ordinario transicional (Common Equity Tier 1 Phased-in) del 10,25%.
Banco Popular destacó que el Banco de España no considera que deba exigírsele que mantenga ningún colchón adicional durante el ejercicio 2016, al haber sido incluido dentro del grupo de «Otras Entidades de Importancia Sistémica».
En el caso del Sabadell, la exigencia del BCE establecía un umbral mínimo CET1 del 9,25% en base consolidada, incluyendo el mínimo exigido en Pilar 1 (4,50%) y el requerimiento de Pilar 2 incluyendo el colchón de conservación de capital (4,75%). Banco Sabadell publicó un ratio de capital CET1 a 30 de septiembre de 2015 del 11,6%.
Banco Sabadell es considerada «Otra Entidad de Importancia Sistémica» por Banco de España, por lo que no existe requerimiento de colchón de capital adicional por este motivo.
A su vez, el Grupo CaixaBank debe contar en 2016 con una ratio CET1 del 9,3125%, que incluye el mínimo exigido por Pilar 1 (4,5%); el requerimiento de Pilar 2 del BCE incluyendo el colchón de conservación de capital (4,75%); y el requerimiento derivado de su consideración como «Otra Entidad de Importancia Sistémica» (0,0625%).
Grupo Caixabank contaba en septiembre de 2015 con una ratio CET1 del 12,8% a efectos regulatorios.
En el caso de Liberbank, la exigencia de capital mínimo para 2016 planteada por el supervisor se sitúa en una ratio del 10,25% en base consolidada. La entidad informó de que a 30 de septiembre de 2015 contaba con una ratio CET1 del 13,70%.
Este requisito del 10,25% incluye el mínimo exigido por Pilar 1 (4,5%) y el requerimiento de Pilar 2 incluyendo el colchón de conservación de capital (5,75%).
Entre el resto de entidades que han comunicado estas exigencias a la CNMV a lo largo del 24 de diciembre, Unicaja Banco informó de que el BCE requiere que mantenga en 2016 una ratio mínima CET1, en base consolidada, 9,25%, cuando a 30 de septiembre de 2015 alcanzaba el 11,9%.
En el caso de Ibercaja Banco, el requerimiento del supervisor para 2016 es de un CET1 mínimo del 9,25% en base consolidada, cuando la entidad contaba a 30 de septiembre con una ratio del 11,70%.
Por su parte, Renta4 elevaba a 30 de septiembre su ratio hasta el 14,85%, por encima del 10,25% exigido en base consolidada por elsupervisor para 2016.
A su vez, BMN deberá contar con una ratio CET1 no inferior al 9,5% en 2016. La entidad mantenía a 30 de septiembre de este año una ratio del 10,68% (phase in) y del 10,97% (fully loaded), incluyendo los resultados retenidos del tercer trimestre de 2015.
En el caso de Abanca, la entidad debe mantener una ratio CET1 del 9,75% en 2016. Abanca Holding Financiero contaba a septiembre de este año con un ratio del 12,47% y estima que se mantendrá por encima de dicho umbral a final del ejercicio.
Por su parte, Abanca Corporación Bancaria contaba con una ratio CET1 del 15,43% a septiembre de 2015.
En el caso de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Ontinyent, la ratio mínima exigida para 2016 es del 11,40%, cuando la entidad mantenía a 30 de septiembre de 2015 un nivel del 12,38% y espera acabar el ejercicio actual con una ratio CET1 de 12,98%.
El Grupo Cooperativo Cajamar deberá cumplir con una ratio mínima de capital CET1 del 10,25%, inferior al nivel del 10,97% que alcanzaba el pasado mes de septiembre.
Por su parte, el supervisor exige que CriteriaCaixa mantenga en 2016 una ratio CET1 del 9,3125% en base consolidada, que se sitúa por debajo de la ratio del 11,7% que la entidad mantenía en septiembre de 2015.
Por su lado, Kutxabank deberá mantener una ratio CET1 de al menos el 9,05%, cuando a 30 de septiembre de 2015 contaba con un nivel del 14,13%.
Ep
Source: The PPP Economy