Culpar al asesor fiscal no es una buena estrategia


La culpa es del asesor fiscal. Algunos de los implicados en presuntos fraudes contra la Hacienda Pública han señalado a este profesional como el responsable de sus prácticas irregulares. La defensa del jugador de F. C. Barcelona Lionel Messi, que la semana pasada fue condenado a 21 meses de cárcel por defraudar 4,1 millones de euros –al igual que su padre–, argumentó que sus clientes desconocían que se estuviese cometiendo un delito, y que siempre actuaron siguiendo las indicaciones de su asesor fiscal. Idéntica explicación dio la actriz Ana Duato, quien responsabilizó a su asesor de la constitución de un entramado de empresas para no pagar impuestos. Culpabilizar a un tercero se trata, pues, de una explicación bastante recurrente entre los contribuyentes que deben justificar sus actuaciones ante la Agencia Tributaria o ante un juez. Sin embargo, ¿se puede traspasar al gestor esta responsabilidad sin más? ¿Éstos pueden actuar al margen de sus clientes? ¿Qué responsabilidad se le puede exigir? ¿Se podría enfrentar a algún tipo de sanción?

Carlos Cruzado, presidente del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), asegura que el obligado a presentar su declaración es el contribuyente y, por lo tanto, es el responsable del presunto delito cometido. «Puede ser que haya sido ‘’engañado’’ (como ha afirmado Duato), pero, en ese caso, el perjudicado deberá querellarse contra el gestor y demostrar que éste ha actuado por su cuenta, cosa que, generalmente, no suele ocurrir. Vemos pocas denuncias de este tipo». Pese a que estos profesionales son los encargados de realizar las tareas contables y tributarias dentro de una empresa, y que de esa contabilidad se desprende un delito fiscal, sólo la persona física o administrador de una sociedad podrá ser considerado autor directo de la infracción. Y es que al fiscal se le considera un delito especial, que sólo puede ser cometido por una persona concreta que, en este caso, es el obligado tributario. Otra cosa es que el asesor fiscal sea cooperador necesario, es decir, que los conocimientos técnicos del gestor hayan sido cruciales en el plan defraudatorio o que haya una connivencia entre el gestor y el administrador de la sociedad para maquinar un plan capaz de defraudar cuota a la Agencia Tributaria. «En ese caso, el asesor fiscal se enfrentaría a las mismas responsabilidades y sanciones, tanto civiles como penales, que su cliente, pudiendo ser condenado por delito fiscal», indica.

Source: The PPP Economy

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