CEOE y sindicatos cargan contra los contratos públicos por actuar como freno para las subidas salariales


Corría el año 2015, el déficit público estaba estancado por encima del 5% del PIB y el Gobierno de Mariano Rajoy – sin un BCE que le comprara la deuda a espuertas – no cejaba en su empeño de buscar fórmulas que le permitieran rebajar el gasto público y acercarse al objetivo de déficit del 3% del PIB que Bruselas le había impuesto para prestarle los recursos necesarios para mantener a flote al sistema financiero. Ése era el contexto cuando el Ministerio de Economía de Luis de Guindos puso sobre la mesa la Ley de Desindexación de la Economía Española, una norma que aspiraba a terminar con la inclinación de la economía española a trasladar los episodios inflacionistas, por transitorios que fueran, no sólo a los salarios sino a todo un abanico de precios y tarifas públicas generando los nuevamente de moda efectos de segunda ronda.

La norma, impulsada por el entonces ministro de Economía y hoy vicepresidente del BCE, desenganchó decenas de tarifas y precios públicos de las diferentes administraciones del Índice de Precios al Consumo (IPC) e introdujo un cambio estructural en la contratación pública que ha terminado convirtiéndose en un problema: desde su entrada en vigor los cambios imprevisibles en los costes de las materias primas o de los componentes vinculados a los contratos públicos no se compensan en el precio a pagar al contratista sino que deben ser absorbidos por éstos con cargo a sus márgenes, del mismo modo que ocurre con las eventuales subidas de sueldo que se produzcan durante el periodo de vigencia del contrato.

La normativa buscaba acabar con las revisiones al alza que se habían convertido en una incómoda costumbre de los contratos públicos en los años de la burbuja, pero por el camino los convirtió en un campo minado para los contratistas. Muchas grandes empresas de servicios como ISS o Eulen optaron por dejar de presentarse a muchos contratos licitados por la Administración ante el riesgo de acabar teniendo que prestar el servicio a pérdidas.

Freno a las mejoras salariales

Sin grandes oscilaciones inflacionistas, los principales problemas en los últimos años han venido por el flanco salarial. La secuencia de subidas del SMI se ha traducido en decenas de denuncias ante la Junta de Contratación por parte de empresas que pujaron por un contrato público en unas condiciones determinadas y que vieron incrementados sus costes por una decisión gubernamental que la Administración se ha negado después a compensar.

Empresarios y sindicatos llevan años de acuerdo en la necesidad de modificar ese aspecto de la legislación, pero no ha sido hasta este martes cuando las áreas de servicios de UGT, CCOO y CEOE

se han puesto de acuerdo para rubricar un manifiesto conjunto para exigir al Gobierno la suspensión de la Ley de Desindexación o en su defecto la modificación del artículo 103 de la Ley de Contratos del Sector Público para permitir revisar el precio de adjudicación del contrato para trasladar al mismo las mejores salariales derivadas bien de un acuerdo en convenio colectivo o bien de una iniciativa del Gobierno, como una subida del SMI.

Los firmantes subrayan que, en el actual contexto, las restricciones establecidas en la ley «suponen una cortapisa para la buena marcha de las negociaciones colectivas, entorpeciendo la consecución de mejoras para las personas trabajadores y generando conflictividad y problemas de continuidad en las plantillas».

CEOE ha intentado varias veces sin éxito abordar esa reforma legal en las negociaciones de la reforma laboral o en el decreto de subida del Salario Mínimo. La escalada de la inflación y el desacople entre el encarecimiento del coste de la vida y las subidas salariales han aconsejado a los sindicatos adherirse a la demanda empresarial impulsada desde hace tiempo por patronales como la de la limpieza (Aspel), que vienen denunciando el golpe sobre los márgenes de los contratos públicos de las subidas del SMI hasta el punto de condenar a empresas a prestar los servicios adjudicados a pérdidas.

El manifiesto denuncia el impacto que la aplicación de la Ley de Desindexación ha tenido sobre el equilibrio económico-contractual de las empresas adjudicatarias cada vez que se ha producido una variación salarial, bien sea por una decisión del Gobierno o por un acuerdo colectivo, y reivindica que «los costes derivados de las obligaciones laborales fijadas por los convenios colectivos o la normativa laboral básica son un elemento esencial a la hora de determinar la economía de los contratos de servicios en que el peso de dichas obligaciones sea relevante, circunstancia que no debería considerarse un riesgo más propio de la contratación pública»

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