Una juez abronca a Air Europa por obligar a un cliente a ir a los Tribunales con la «ingente» carga de trabajo que tienen


Una juez de lo Mercantil de Palma ha condenado a Air Europa a pagar el importe de un billete cancelado por la pandemia (un total de 304,78 euros) más la comisión abonada por el pasajero a una agencia de viajes (134,78 euros). Hasta aquí la sentencia sería una más de las que diariamente dictan los tribunales si no fuera por la bronca de la titular del juzgado a la compañía aérea. Le reprocha que con su actuación contribuya a sobrecargar unos juzgados que, especialmente desde la irrupción del Covid en marzo de 2020, están colapsados. La juez condena a Air Europa al pago de las costas con la declaración expresa de «temeridad». Recuerda que previamente hubo una reclamación extrajudicial, que la compañía rechazó obligando así al cliente a acudir a los tribunales con los gastos que ello conlleva y la «ingente carga de trabajo» que la jurisdicción mercantil soporta.

El pasajero, que tenía previsto viajar junto a su hijo menor de Madrid a Gran Canaria en abril de 2020, fue uno de los afectados por la cancelación de los vuelos como consecuencia del estado de alarma. Pese a que en todo momento solicitó el reembolso de ambos billetes, lo que le ofrecía Air Europa era un bono para viajar en otro momento.

Su defensa, ejercida por el abogado del ‘reclamador.es’ Jorge Ramos, intentó llegar a un acuerdo amistoso con la compañía, pero esta declinó hacerlo, por lo que el caso acabó en los tribunales. Una vez admitida a trámite la demanda, Air Europa contestó a la misma allanándose a un importe de 304,78€, reconociendo únicamente esa cantidad a indemnizar, y oponiéndose a los 134,78€ restantes abonados en concepto de comisión a la agencia de viajes, argumentando que ese importe no correría a cargo de la aerolínea, ya que correspondería a comisiones de venta respecto a la intervención de un intermediario.

Sin embargo, como recuerda la defensa las directrices de la Comisión Europea en materia de derechos de los pasajeros ante la situación derivada del coronavirus, los pasajeros tienen derecho al importe íntegro del coste de los billetes cancelados por la pandemia del covid y que no se han podido disfrutar.

El cliente no tiene la culpa

En la sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, la titular del juzgado de lo Mercantil número dos de Palma asegura que Air Europa tiene que abonar el importe íntegro al pasajero pues el hecho de que un billete se adquiera a través de una agencia de viajes no le exonera de responsabilidad. La reclamación, recuerda, se dirige contra la compañía aérea con la que se contrató el vuelo a través de la agencia de viajes y los pasajeros no tienen que verse perjudicados por las relaciones internas entre las compañías aéreas y los intermediarios con los que trabajan.

El letrado del caso alude a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de septiembre de 2018 según la cual el Reglamento 261/2004 debe interpretarse en el sentido de que el precio del billete en caso de cancelación de un vuelo «debe incluir la diferencia entre la cantidad abonada por dicho pasajero y la recibida por dicho transportista aéreo, cuando tal diferencia corresponda a la comisión percibida por una persona que participó como intermediaria entre ambos, salvo si esa comisión se fijó a espaldas del transportista aéreo«, cosa que no sucedía en este caso.

Source: Noticias

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