¿Qué pasará con las multas por incumplir los límites al alquiler si el Tribunal Constitucional tumba la norma?


El ayuntamiento de Ada Colau en Barcelona ya sanciona a inmobiliarias y propietarios por incumplir la ley que regula los precios del alquiler, vigente en Cataluña desde el pasado septiembre. Una norma que negocia PSOE y Podemos en la ley estatal de vivienda, y que de hacerse efectiva, podría extenderse a otras comunidades y capitales.

Para su aplicación será fundamental la opinión del Tribunal Constitucional (TC) que está pendiente de resolver un recurso de inconstitucionalidad contra esta ley ya aplicada en Cataluña y que podría dejar sin efectos algunos de sus preceptos. Pero por el momento, el consistorio de la capital catalana ya ha abierto 32 expedientes a inmobiliarias y anunciantes, que suman multas por valor de cerca de 100.000 euros.

¿Pero qué pasará con estas sanciones si el TC anula la norma?La ley del alquiler se basa en la obligación de informar de unos índices de referencia máximos y mínimos del precio del alquiler, que no pueden ser sobrepasados a la hora de establecer un contrato de arrendamiento. La abogada de CIM Tax & Legal, Cristina Bilbao, explica que «por un lado encontramos aquellas sanciones impuestas por no hacer constar el índice de precios de alquiler de viviendas en la publicidad y por otro aquellas consistentes en establecer una renta superior a la que corresponda por aplicación del índice». En este sentido asegura que el principal motivo de sanción es el primer supuesto: no hacer constar en el anuncio el índice de referencia.

Teniendo en cuenta la sentencia del Tribunal Constitucional que resolvía el recurso de inconstitucionalidad presentado contra el decreto ley catalán sobre medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda, aprobado en 2019, la letrada asevera que estas sanciones sí prosperarán, ya que esta sentencia «validó la existencia de los índices de referencia en los precios de alquiler, siempre y cuando estos fueran utilizados a efectos informativos y como criterios orientadores, por lo que lo más probable es que se mantenga esta obligación por parte de las inmobiliarias de mantener informados a los futuros arrendatarios».

Lo que sí que podría modificar la pronunciación del TC es la regulación del precio del alquiler, «teniendo en cuenta que en la anterior sentencia del constitucional, que declaraba que la limitación del precio del alquiler limitaba el derecho constitucional a la propiedad» explica la experta.

En este caso, la abogada detalla que, ya que se les habría causado un perjuicio económico, los perjudicados podrían ejercer una acción de responsabilidad patrimonial de la Administración contra el ayuntamiento, reclamando el resarcimiento de los daños causados por la imposición de la sanción. «Esto implicaría la reclamación, no solo la devolución del importe abonado, sino de las rentas no percibidas a causa de la limitación del precio de los alquileres», concluyen desde la asesoría legal.

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