Qué gastos son deducibles en la declaración de la renta 2021-2022
La campaña de la declaración de la renta 2021-2022 comienza el próximo 6 de abril, fecha con la que se abrirá el plazo a presentar las declaraciones de manera telemática, es decir, a través de internet. Como es normal, a la hora de realizar la declaración habrá que estar atento a todos esos conceptos que si se incluyen podrán influir para que el resultado final salga más a favor. En este sentido, es recomendable no perder de vista los gastos deducibles, que como personas físicas, se podrán incluir en la declaración de la renta 2021-2022.
Maternidad
La Agencia Tributaria señala que las madres que tengan hijos menores de 3 años pueden llegar a deducirse hasta 1.200 euros anuales por hijo. El requisito para poder verse favorecido por esta deducción es que la madre realice una actividad por cuenta propia o ajena y estar dadas de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad por ello. La deducción por maternidad se podrá aplicar o de manera directa en la renta o se podrá cobrar adelantadamente de manera mensual (100 euros al mes). Si esta última opción fuera el caso, las cantidades deberán ser incluidas como ingresos.
Familia numerosa
Si es familia numerosa, usted se podrá deducir hasta 1.200 euros al año, o lo que es lo mismo, 100 euros mensuales. Pero esta cantidad podría variar en el supuesto de que su familia numerosa sea considerada especial, que son todas aquellas que tienen cinco hijos o más, en cuyo caso se podrá deducir hasta 2.400 euros anuales.
Guardería
En el caso de las mujeres con hijos menores de 3 años y que sean trabajadoras por cuenta ajena o propia, además, de las deducciones por maternidad podrán aplicar deducciones por los gastos relacionados con la guardería y educativos hasta 1.000 euros anuales.
Cuidado de familiares
En el ámbito de la familia también existen otra serie de deducciones que se pueden atribuir. Así, si el contribuyente está a cargo de un descendiente con diversidad funcional este se podrá deducir hasta 1.200 euros anuales. Mientras que si tiene a su cargo un ascendiente, mayor de 65 años o con discapacidad, podrá deducirse un mínimo de 1.150 euros anuales.
Todos los hijos menores de 25 años pueden estar en la misma declaración, siempre que no superen rentas de más de 8.000 euros en el año correspondiente.
Deducciones autonómicas
Cada comunidad autónoma tiene recogidas una serie de deducciones, por lo que habrá que estar atengo a lo que cada una contemple. La Agencia Tributaria tiene todas, por lo que se pueden revisar en su web.
Vivienda
Si el contribuyente ha comprado una vivienda habitual podrá deducírsela siempre que la firma de la hipoteca se haya producido antes del 1 de enero de 2013, y que se hayan deducido esos gastos en su declaración de 2012, o anteriores ejercicios, dado que esta deducción se eliminó a partir de esa fecha. Si se cumple esta condición, el contribuyente se podrá deducir hasta el 15%, sobre una base máxima de 9.040 euros de los pagos que hayan realizado el año pasado relativos a su hipoteca, por lo que no solo se tendrán en cuenta las cuotas, sino que también estarían relacionados otro tipo de gastos como pueden ser las comisiones, los gastos de cancelación o los seguros, entre otras cuestiones.
Inversiones en empresas
Cuando se ha invertido en empresas, ya sean de reciente creación o no, los ciudadanos pueden aplicarse una deducción del 30%. Hay que saber que la deducción será válida en las acciones o participaciones que tengan fecha a partir del 29 de septiembre de 2013.
Afiliaciones a sindicatos, partidos y colegios profesionales
Si el contribuyente está afiliado a un sindicato, a un partido político y/o paga cuotas de colegios profesionales podrá aplicarse diferentes deducciones. Así, mientras las cuotas pagadas por las afiliaciones a un partido político o a un sindicato tienen de una deducción del 20% (el límite está en 600 euros anuales), las cuotas a colegios profesionales serán deducibles cuando la colegiación sea requisito obligatorio para poder trabajar.
Gastos en defensa jurídica
Los contribuyentes podrán deducirse aquellos gastos en abogados que haya tenido, siempre que tengan su raíz en casos de defensa jurídica frente a la empresa que le pagaba. En este caso el límite está fijado en 300 euros anuales.
Planes de pensiones
Esta es una de las novedades de este año, así en este ejercicio estos contribuyentes podrán deducirse menos cantidad de dinero. Así, los planes de pensiones de tipo individual se han visto reducidos a 2.000 euros anuales, mientras que la base imponible se incrementa por aportaciones a planes de pensiones colectivos hasta los 8.000 euros. Por último, en el caso de que el partícipe, mutualista o titular, sea cónyuge del contribuyente, el límite se quedará 1.000 euros.
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