¿Qué es el Cupo vasco?


Tras el fin de la dictadura franquista y la puesta en marcha del nuevo mapa autonómico, tanto País Vasco como Navarra demandaron el reconocimiento de los derechos históricos de ls donominados Territorios Forales, recogido en la disposición adicional primera de la Constitución, entre los que se encuentra el Concierto Económico o Cupo.

Así, cuando se elaboraron los estatutos de autonomía de estas dos regiones, se incluyo dicho Concierto Económico. En el caso del País Vasco, el artículo 41.1 de su estatuto indica que “las relaciones de orden tributario entre el Estado y el País Vasco vendrán reguladas mediante el sistema foral tradicional de Concierto Económico o Convenios”. En el siguiente artículo se establecía las bases de su contenido: “La aportación del País Vasco al Estado consistirá en un cupo global, integrado por los correspondientes a cada uno de sus Territorios, como contribución a todas las cargas del Estado que no asuma la Comunidad Autónoma”.

En el régimen foral el sistema de financiación se caracteriza porque los Territorios Históricos del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra tienen potestad para mantener, establecer y regular su régimen tributario. Ello implica que la exacción, gestión, liquidación, recaudación e inspección de la mayoría de los impuestos estatales (actualmente todos, excepto los derechos de importación y los gravámenes a la importación en los Impuestos Especiales y en el Impuesto sobre el Valor Añadido) corresponde a cada uno de los tres territorios del País Vasco y a la Comunidad Foral de Navarra.

La recaudación de estos impuestos se realiza por dichos territorios y por su parte, la Comunidad Autónoma contribuye a la financiación de las cargas generales del Estado no asumidas, a través de una cantidad denominada “cupo” o “aportación”.

Source: The PPP Economy

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