Luz verde del Congreso a la reforma de las pensiones, que las liga al IPC y sube los impuestos al empleo
El Pleno del Congreso ha dado luz verde hoy a la primera pata de la reforma de las pensiones, una de las principales normas que condicionan la llegada de los fondos europeos y que ve la luz sin el consenso de los empresarios y entre duras críticas de la oposición. La ley ha llegado al Pleno tras superar hace dos semanas el trámite exprés impuesto por el Gobierno -y que levantó el malestar de muchos grupos parlamentarios- al sumar a los votos de PSOE y Unidas Podemos, los de Esquerra Republicana, el PNV y la abstención de EH Bildu.
La norma deroga los pilares de la reforma puesta en marcha por el PP en el 2013 y recupera la vinculación de las nóminas con el IPC y deroga el factor de sostenibilidad, aunque este no ha llegado a entrar en vigor. Como alternativa el ministerio que dirige José Luis Escrivá ha impuesto el llamado mecanismo de equidad intergeneracional, que lleva aparejado u
n aumento de 0,6 puntos en las cotizaciones durante diez años -a partir de 2023 y hasta 2032- para lograr llenar la llamada ‘hucha de las pensiones’ y tener un colchón con el que afrontar el mayor gasto que se prevé con la llegada a la jubilación de los ‘baby boomers’. La incorporación técnica de este mecanismo en la ley ha levantado ampollas en la oposición, pues el Gobierno ha optado por introducirlo en una enmienda que pactada por el PSOE y Unidas Podemos con ERC y Bildu.
Tras la aprobación de esta norma, el Ejecutivo comenzará la negociación de la segunda parte de la reforma, la más dura, que deberá abordar asuntos tan espinosos como los cambios en el cálculo de los años para determinar la pensión, el destope de las bases de cotización de los salarios más altos y la reforma de los planes de pensiones de empresa, cuyo anteproyecto ya ha aprobado el Consejo de Ministros. También se debatirá sobre la mejora de las pensiones mínimas. A continuación siguen las principales medidas de la reforma que hoy se aprueba:
Poder adquisitivo garantizado
Se garantiza la revalorización con el IPC del año anterior para los jubilados después de derogar el índice de revalorización de la reforma de 2013 que obligaba a revalorizar las nóminas un 0,25% si las cuentas no estaban equilibradas.
Penalizaciones al retiro anticipado
Retirarse antes de tiempo tendrá un coste para el trabajador. El diseño de los coeficientes reductores se endurece para los que jubilen 24 o 23 meses antes del límite legal y alcanzará el 21% (la rebaja de la pensión es ahora del 16%) y a partir de ahí el castigo desciende en algunos casos. Por ejemplo, quien deje el mercado laboral 22 meses antes de su edad legal de jubilación verá que su pensión mengua en un 14,67% y no en el 16%. El esquema se repite entre quienes han cotizado durante más tiempo, aunque con menores penalizaciones. Así, a quienes han cotizado entre 38,6 años y 41,6 años se les aplicaría un coeficiente reductor del 19% en el mes 24 y del 16,5% en el 23, frente al 15% actual en el trimestre correspondiente.
El cambio en las penalizaciones, pasando de un cálculo mensual a uno trimestral, también se aplicará al de la jubilación anticipada forzosa. En esta, el trabajador puede retirarse hasta cuatro años antes de la edad legal y debe haber sido despedido en un ERE, de forma objetiva o por la quiebra de la empresa. Se fija un sistema para estos casos que reducirá la pensión entre un 30% para el caso de un adelanto de cuatro años con menos de 38 años y seis meses cotizados, y un 0,5%, para aquellos que lo anticipen un mes con 44 y seis meses o más cotizados.
Premios de hasta 12.000 euros
Habrá nuevos incentivos monetarios para quien siga trabajando más allá de la edad legal de jubilación. Recibirán una prima que se abonará de una sola vez de hasta casi 11.000 euros (en el caso de 37.567 euros de pensión) por cada año de retraso. En el caso de que el trabajador haya cotizado al menos 44,5 años o más, este incentivo alcanzaría los 12.060 euros por cada año de aplazamiento. Así, por ejemplo, en una pensión de 9.569 euros (683 euros al mes) este pago único sería de 4.786 euros y de 5.264 con más de 44,5 años cotizados. Mientras que en una pensión media de 20.000 euros al año, esta prima única sería de 7.482 y 8.230 euros, respectivamente en función de los años cotizados. La norma dará opción al trabajador de elegir esta fórmula o también optar por un aumento del 4% de la base reguladora de su pensión por cada uno de estos años que retrase su retiro (en la actualidad este incentivo está entre el 2% y el 4%). Podrán mezclar las dos posibilidades, una parte en pago único y otra como alza de la pensión vitalicia.
Refuerzo de los ingresos de la Seguridad Social
La reforma consagra por ley el refuerzo de los ingresos de la Seguridad Social a través de los Presupuestos Generales del Estado. Se establecen transferencias anuales para la financiación de beneficios y exenciones en cotizaciones, complementos y prestaciones de carácter social, identificados como gastos asumidos de forma impropia en el sistema. Además, como consecuencia de una exigencia de ERC y Bildu, se obliga al Gobierno a encargar una auditoría en el plazo de un mes para cuantificar, en base a todos sus ingresos por cotizaciones, qué factura ha venido asumiendo ajenos al gasto en pensiones contributivas, entre 1967 y 2019.
Pensión de viudedad
También se ha incluido la ampliación en el acceso a la pensión de viudedad por parte de las parejas de hecho, un logro de Más País-Equo, y el reconocimiento de un complemento a la pensión para carreras de cotización de 40 años que no alcancen 900 euros.
Se prohíbe la jubilación forzosa de trabajadores menores de 68 años
La norma prohíbe que las cláusulas de jubilación forzosa se establezcan en los convenios colectivos de las empresa para trabajadores menores de 68 años, aunque introduce algunas excepciones orientadas a mejorar la presencia de las mujeres en determinados sectores, así como la calidad de sus trabajadores. En concreto, la jubilación forzosa antes de los 68 años será legal solo para aquellos sectores en los que las mujeres representen menos del 15% de las personas ocupadas y siempre que, además, se cumplan dos condiciones. La primera, que la baja laboral deberá llevar aparejada simultáneamente la contratación indefinida y a tiempo completo de al menos una mujer y, la segunda, que la persona jubilada tenga derecho a cobrar el 100% de la pensión ordinaria de jubilación.
Además, el acuerdo deja una vía de escape a las cláusulas de jubilación forzosas vigentes ahora mismo y que han proliferado en muchos convenios colectivos en los últimos dos años y recoge que podrán seguir siendo aplicadas hasta tres años después de lo pactado en sus convenios. Esta cláusula introduce la excepción a la norma pues, en España, la jubilación es siempre voluntaria. Cuando se alcanza la edad legal del retiro, actualmente entre 65 y 66 años, la empresa no puede obligar a un empleado a darse de baja sin pagarle antes una indemnización o sin tener una justificación legal que le ampare. Es por ello que esta cláusula ha estado entrando y saliendo de la legislación en los últimos años, derogándola los gobiernos populares y rescatándola los socialistas.
Pensiones mínimas ligadas al salario mínimo