La subrogación se hará puerto a puerto o en un convenio estatal
Patronal y sindicatos tienen ya en sus manos el real decreto que cuelga del decreto ley que liberaliza la estiba. En este segundo texto legal, que no es otra cosa que un reglamento de la ley, se aborda el espinoso asunto de la subrogación del empleo. La aspiración de las centrales ha sido siempre que los empleos de los estibadores se blindaran por ley en sus condiciones actuales, algo que Bruselas no permite. La solución que los ministerios de Fomento y Empleo han encontrado para que estas condiciones se mantengan en la medida de la posible es que cada puerto pueda negociar su propio convenio colectivo. El real decreto asegura que las condiciones de la subrogación se llevarán a cabo «en el acuerdo estatal o convenio colectivo sectorial de ámbito estatal que la acuerde». No obstante, también permite la aplicación a los trabajadores de los derechos y obligaciones «en los convenios colectivos de ámbito inferior».
Fuentes gubernamentales aseguran que, con este encaje, los estibadores podrán negociar sus condiciones laborales como se hace en cualquier otro sector, pero con la ventaja de dotar a cada puerto con un convenio específico adaptado a sus necesidades, lo que juega en favor de los estibadores y sus necesidades.
Junto a la subrogación, el borrador del decreto confirma subsidios a los estibadores de mayor edad que voluntariamente rescindan su contrato con las sociedades anónimas de gestión de estibadores portuarios (sagep) por una cuantía mensual del 70% del salario de los últimos seis meses antes de producirse la baja. La ayuda que percibirá el trabajador por prejubilarse consistirá en un subsidio mensual y en la cotización a la Seguridad Social en su periodo de percepción y se prolongaría por 60 meses máximo.
Productividad
El decreto plantea también que las partes podrán negociar medidas complementarias para la mejora de la competitividad de los puertos, incluida la reducción salarial del 10% de las retribuciones de los trabajadores portuarios del servicio de manipulación de mercancías cuyos ingresos mensuales brutos superen en un 5% el triple del importe del salario mínimo interprofesional vigente.
En su exposición de motivos, aboga por que se consigan mejoras en la productividad de los puertos de manera acordada entre organizaciones sindicales y empresariales.
Source: The PPP Economy