Competencia sanciona a Telefónica con 8,5 millones por incumplir obligaciones
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Telefónica con 8,5 millones de euros por incumplimiento de las obligaciones regulatorias que tiene establecidas como operador con poder significativo de mercado al presentar una oferta «irreplicable» para sus competidores. Dicha multa será recurrida por Telefónica. «Telefónica recurrirá la sanción porque entiende que la resolución es ilegal e injusta y era impredecible a la luz de las circunstancias concretas del concurso analizado», según han informado fuentes de la operadora de telecomunicaciones.En su comunicado, la propia CNMC ha recordado que Telefónica podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
En enero de 2016, el Gobierno vasco adjudicó a Telefónica parte del contrato (Lote 1) para la prestación de servicios de telecomunicaciones para diversos edificios de la administración autonómica. Antes de esta adjudicación, Euskaltel, que había sido prestador del servicio al Gobierno Vasco durante 14 años, denunció ante la CNMC que la oferta económica presentada por Telefónica en este concurso no era replicable por un hipotético operador de empresas atendiendo principalmente a las condiciones reguladas de los servicios mayoristas que los operadores contratan a Telefónica.
En este sentido, Telefónica recuerda que Euskaltel fue descartado desde el inicio de la licitación por no cumplir con los requisitos técnicos, por lo que fue el único operador concurrente y su conducta no pudo distorsionar la competencia. «Al contrario, su conducta tuvo un efecto positivo en el mercado, ya que el Gobierno Vasco viene disfrutando de unos servicios de telecomunicaciones avanzados, de gran calidad y a un precio acorde con el mercado y, si no, la oferta hubiera quedado desierta», incide.
OFERTA NO REPLICABLE
En su resolución, la CNMC concluye que, a partir de los datos analizados, la oferta económica presentada por Telefónica para parte de ese concurso no es replicable por un operador eficiente y generalista con red propia desplegada como Euskaltel. «Es decir, que ese operador obtendría una rentabilidad negativa al prestar los servicios incluidos en la oferta de Telefónica mediante el uso de las ofertas mayoristas disponibles en el mercado», señala el organismo presidido por José María Marín Quemada. Por tanto, según la CNMC, Telefónica incurrió en lo que se denomina una práctica de «irreplicabilidad económica», que está prohibida por las resoluciones de los mercados mayoristas de banda ancha y de líneas alquiladas terminales.
A la hora de fija la cuantía de la sanción, el ‘superregulador’ señala que la conducta de Telefónica ha sido tipificada como una infracción administrativa «muy grave y de carácter doloso», pero ha rebajado en un millón la sanción respecto de su primera propuesta al considerar que no ha habido ninguna reincidencia.
Source: The PPP Economy