Cómo cobrar el paro de una sola vez y quiénes pueden hacerlo


El paro es una prestación que reciben todos los trabajadores que se quedan sin trabajo. Para ello, es preciso haber cotizado un número de días concreto, y dependiendo de ello se cobrarán función de lo trabajado. Y en el caso de que las personas no hayan cotizado lo suficiente existe la opción de un ‘miniparo’.

Lo más común es que el paro se cobre mes a mes, aunque el SEPE dispone de una opción, que es recibir todo el dinero de una vez. Es lo que se denomina como ‘capitalización de la prestación’ o ‘pago único del paro’.

Se trata de un dinero que pueden recibir todas las personas que se encuentren en situación de desempleo, aunque para ello hay que cumplir una serie de requisitos. El más importante es que una vez que reciban el dinero se hagan autónomos y construyan una empresa.

Por lo tanto, se trata de una una medida que «fomente» y «facilite» iniciativas de autónomo. Eso sí, los trabajadores autónomos dependientes no entran en la ecuación.

El cobro del paro de una vez se puede compatibilizar durante 270 días o el tiempo inferior que quede por percibir, siempre que se solicite dentro de los 15 días posteriores al inicio de la actividad. Cuando se inicie una actividad por cuenta ajena, tanto parcial como completa, se acabará con la compatibilización.

Tampoco podrán compatibilizar aquellos que se incorporen a una sociedad mercantil si su último trabajo fue por cuenta propia o si en los 24 últimos meses ya se acogieron a esta, entre otros.

Cuáles son los requisitos para recibir el pago único del paro

El principal requisito es formar una sociedad cooperativa o de trabajo o integrarse como socio trabajador de forma estable en algunas de ellas ya constituida.

También entran los que aporten un capital a una sociedad mercantil recién creada o constituida en el último año y siempre y cuando se se ejerza una actividad dentro de ella y el trabajador se dé de alta en el régimen de la Seguridad Social.

En el momento en el que se haya recibido el capital este se tendrá que emplear en lo referido anteriormente en un plazo de un mes como máximo, para justificar el dinero del paro al SEPE.

Asimismo, hay otros requisitos que se tienen que tener en cuenta, como tener pendiente de cobro al menos tres mensualidades o seis en el caso de cese de actividad, así como no haberlo recibido en los últimos cinco años.

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