Las regiones no podrán ofrecer sanidad extra si derrochan en fármacos
La comunidades autónomas adheridas al Fondo de Liquidez Autonómico (FLA) sólo podrán elevar el gasto sanitario y farmacéutico a una tasa anual del 1,8%, según recuerda la Actualización del Programa de Estabilidad 2016-2019. La regiones que incumplan esta regla de gasto –vinculada al control del déficit público autonómico– «no podrán aprobar cartera de servicios complementaria ni prestar servicios distintos de la cartera común de servicios del sistema», detalla el documento del Gobierno en funciones.
Esta cláusula –que incluía con carácter general la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud de 2003 pero que realmente nunca se aplicó– impedirá a las regiones que incumplan la regla de gasto financiar servicios como la salud bucodental para menores, operaciones de cambio de sexo como la de la Junta de Andalucía o algunas terapias respiratorias y las prestaciones ortoprotéticas de la Generalitat de Cataluña, entre otros.
Estos servicios complementarios, que también incluyen tratamientos como la radioterapia en centros concertados, tienen un marcado carácter electoral, explican fuentes del sector. Además, critican que existe un problema de desigualdad entre los servicios sanitarios de las comunidades que está «resquebrajando» el Sistema Nacional de Salud con 17 modelos distintos en el que «cada una quita o pone servicios» de forma autónoma.
Además, las mismas fuentes argumentan que las comunidades, «acostumbradas a vivir permanentemente en déficit», desembolsaron en el pasado cantidades relevantes de dinero público en ofrecer servicios complementarios a los ciudadanos. «Se ha hecho mucho la vista gorda con el asunto», explican.
Source: The PPP Economy