¿Qué hacer para que el banco me devuelva los impuestos de la hipoteca?


El Tribunal Supremo ha cambiado su doctrina y ha determinado que debe ser el banco el que pague los impuestos derivados de la constitución de una hipoteca (Actos Jurídicos Documentados) que hasta ahora tenía que soportar el cliente. Hasta ahora, el Alto Tribunal sólo reconocía la devolución de los gastos de notaría, registro de la propiedad, tasación y gestoría, derivados de la formalización de la hipoteca, pero este cambio de criterio determina que es el banco quien debe asumir este gasto, ya que es el principal interesado en que la hipoteca se eleve a escritura pública, pues así, en caso de impago del prestatario, podrá ejecutar su garantía. La medida afectaría a alrededor de ocho millones de personas, según cálculos de ADICAE.

De esta manera, son ya cinco los gastos que pueden reclamarse: Notaría, Registro de la Propiedad, gestoría, la tasación de la vivienda y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) ¿Cómo puede reclamarse? Para iniciar el proceso para reclamar las cantidades, Legálitas recomienda:

En primer lugar, reunir la documentación necesaria. Localizar la escritura de préstamo hipotecario cuyos gastos se pretendan reclamar, junto con las facturas de notaría, registro de la propiedad, tasación del inmueble, gestoría e impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Después, llega el momento de redactar el documento de reclamación dirigido a la entidad bancaria solicitando los importes abonados. «Es importante realizar un requerimiento fehaciente a la entidad correcta, ya que debido a las absorciones entre bancos pueden desatender la reclamación, al igual que, en caso de haber cambiado de banco la hipoteca debería cursarse solicitud a ambas entidades», indican.

Posteriormente, hay que estudiar con detalle la respuesta del banco en base a sus razonamientos jurídicos. «Puede darse el caso de que los bancos intenten negociar con los clientes y hacer propuestas que no le beneficien, obligándole a renunciar a sus derechos e impidiéndole reclamar judicialmente en un futuro esta y otras cláusulas».

Otro paso importante, es controlar los tiempos de resolución de la reclamación. El banco debería resolver la reclamación en un plazo de 2 meses: «Es probable que la entidad trate de «desesperar o desanimar» al cliente alargando el plazo de resolución solicitando documentación adicional u obligándole a rehacer la reclamación usando un formulario específico. Es importante que el consumidor conozca sus derechos y sepa hacer frente a estas situaciones».

En el caso de que no se llegue a un acuerdo con la entidad bancaria, llega el momento de presentar una demanda en los juzgados especializados.

Source: The PPP Economy

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