Un modelo de protección aplicado en casi toda Europa


Casi 800.000 trabajadores siguen bajo el paraguas de los ERTE. Esta protección decaerá el próximo 31 de mayo si no se produce una nueva prórroga, que se antoja clave para la economía española, azotada por una cuarta ola de la pandemia que amenaza con recrudecer la crisis. Con una campaña de Semana Santa sin oxígeno y un verano incierto por la lentitud de las vacunaciones, los empresarios quieren negociar, de forma inmediata, una nueva prórroga de esta herramienta para proteger el empleo, además de ampliar el abanico para que más autónomos afectados por el Covid puedan cobrar ayudas públicas, que a finales de marzo percibían 470.000 de ellos.

¿Cómo funcionan los ERTE en el resto de países?

Han sido instrumentos comunes en los principales países europeos. Se pusieron en marcha en los primeros momentos de la crisis y, en la mayoría de los casos, se ha prorrogado su utilización, incluso hasta final de 2021 en el caso de Alemania. La prohibición de despedir es exclusiva de España.

¿Cuántos tipos de protección existen?

Son varios, en función de las circunstancias. Existe el ERTE de ‘fuerza mayor’ en sectores ‘ultraprotegidos’, limitados a empresas incluidas en sectores considerados como los más afectados. Las exenciones de cuotas de entre el 75% y el 85%, según el tamaño de la empresa, tanto para trabajadores activados como suspendidos. Estas exoneraciones se aplicarán también a la cadena de valor de la empresa, algo que determina la autoridad laboral.

¿Y si se impide el desarrollo de la actividad?

Existe el ‘ERTE de impedimento’ para estos casos, para empresas afectadas por restricciones. Estas tienen una exoneración en sus cotizaciones durante el periodo de cierre y hasta el 31 de mayo, que va de entre el 100% y el 90% hasta el 31 de mayo.

¿Qué ocurre si se limita la actividad de una empresa por el Covid?

La empresa puede acceder al esquema de ‘ERTE por limitaciones’, que contempla exoneraciones decrecientes hasta el 31 de mayo, que oscilan entre el 100% y el 90% en febrero.

¿Y si hay causas económicas?

Está el ERTE ordinario ‘ETOP’ (de causa económica, técnica, organizativa o de producción). Protege a las empresas que no tienen restricción y tampoco están en los sectores protegidos por el expediente de fuerza mayor.

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