Portugal prohíbe por ley que las empresas contacten con los trabajadores fuera del horario laboral


Portugal adereza la nueva ley de teletrabajo con disposiciones adjuntas que protegen a los empleados… y la medida más destacada tiene que ver con la prohibición de las empresas de contactar con el personal de su plantilla fuera del horario laboral.

En vista de que el desempeño de las funciones en casa se ha generalizado cada vez más, el Parlamento ha decidido pasar a la acción en este aspecto y legislar al respecto antes de su disolución para convocar elecciones legislativas anticipadas el 30 de enero.

Los votos de la bancada socialista y del Bloco de Esquerda sirvieron para sacar adelante la norma, que habilita a los trabajadores a denunciar a sus jefes en caso de recibir mensajes a horas intempestivas. Es el «derecho a desconectarse», aplicable no solo a quienes trabajan a distancia sino a todos los empleados, aunque sean de los que se personan en la sede la compañía.

Eso sí, se establece una excepción ya que contempla a medianas y grandes empresas, pero no a las más pequeñas. Hablamos de las que tienen de uno a 10 empleados, que quedan fuera del ámbito circunscrito.

¿Y cuál es el motivo que explica semejante consideración? Pues porque se entiende que esas empresas de menor tamaño pueden necesitar, en determinados momentos, contactar con los asalariados ya que, si son pocos, tal vez se volviera imprescindible. Las demás han de respetar por ley el tiempo de descanso y/o de asueto de los trabajadores.

Este nuevo Código Laboral extiende su vigencia, por tanto, a una amplia mayoría, con la salvedad de que concurran «causas de fuerza mayor». Es decir, una versión actualizada del clásico ‘si-no-queda-más-remedio’: en definitiva, situaciones imprevistas o urgentes.

De cualquier forma, se ponen al alcance de los individuos en liza mecanismos legales para defenderse si se diera la eventualidad de violarse la regulación. El arma no es otra que poner una denuncia, con la garantía de constituir «una infracción administrativa grave», lo que implicarían multas oscilantes entre las cantidades de 612 euros (las más leves) y 9.690, en el extremo contrario.

La sanción final dependerá de dos factores, que son el volumen de negocio de la empresa y el grado de culpabilidad. Un dato, este último, que entra en el terreno de una cierta ambigüedad interpretativa.

Se hacen efectivos los cambios legales a fecha 1 de diciembre, incluido el derecho de todos los empleados con hijos pequeños a trabajar desde casa sin necesidad de pactarlo previamente con su jefe, al menos hasta que el niño en cuestión tuviera ocho años.

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