Diez meses más de condena para Díaz Ferrán, que no ingresará en prisión


El ex presidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, ha sido condenado a 10 meses de prisión y al pago de una multa de tres meses con una cuota diaria de 6 euros por la apropiación indebida de más de 200.000 euros en la venta de billetes y pasajes de Eurolíneas Marítimas, «al haber obrado con ánimo de obtener un beneficio ilícito en operaciones mercantiles en su condición de administrador de las entidades Viajes Marsans SA., Viajes Crisol S. A. y Rural Tours SA», pero no ingresará en prisión

La condena es parte de un acuerdo de conformidad alcanzado con la Fiscalía, por la que acepta la rebaja de petición de pena de cinco años a 10 meses con la intención de mantener su estatus de régimen de semilibertad. Según el escrito de la Sección 23 de la Audiencia Provincial, el ex presidente de la patronal y su socio fallecido, Gonzalo Pascual Arias, usaron entre 2008 y 2010 las tres agencias como intermediarias mercatiles para la venta de billetes y pasajes de buques, que les entregó Eurolíneas Marítimas, para obtener beneficio por las comisiones ilícitas y la emisión de pagarés fraudulentos. Sobre este asunto, la sentencia recoge que si bien la querella inicial por este asunto se presentó en el año 2010, la instrucción ha llevado siete años porque hasta enero de 2015 no se practicó «diligencia alguna» y hasta 2016 no se tomaron las testificales, lo que conforme recoge la sentencia, implica que «la causa se ha dilatado extraordinariamente en el juzgado de instrucción número cinco por causas ajenas a la voluntad del acusado».

Estos 10 meses de cárcel se suman a los más de 10 años de prisión a los que ya había sido condenado por otras causas judiciales, como el “caso Marsans”, por apropiarse de 4,4 millones de euros de sus clientes y haber provocado el vaciamiento patrimonial de la entidad; por fraude fiscal en la compra de Aerolíneas Argentinas; y por hacer uso indebido de las tarjetas black de Bankia.

Esta sentencia de la Audiencia Provincial puede ser recurrida en casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, la competente en asuntos de naturaleza penal.

Gerardo Díaz Ferrán abandonó la prisión de Soto del Real hace más de un año, después de que el juez de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, autorizase dejarle en libertad un mes antes de los establecido, en régimen de semilibertad con una pulsera telemática por buen comportamiento.

Source: The PPP Economy

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